Consiste en proveer asistencia para la autorización de los servicios de salud que fueron brindados a los afiliados por las Prestadoras de Servicios de Salud, tal como lo especifica la ley 87-01 con sus reglamentaciones y catálogos de prestaciones.
Prestadoras de Servicios de Salud
– Carnet del Afiliado.
– Indicación Médica.
– Preautorización, si aplica.
24 horas, todos los días.
Gratis.
35 a 45 días hábiles.
Presencial.
Las Prestadoras de Servicios de Salud (PSS) deben comunicarse al departamento de autorizaciones para ser asistido por los oficiales del Call Center o a través del sistema “Autorizaciones en Línea”.
En algunos casos es necesario la pre-autorización del procedimiento.
No todos los procedimientos se pueden autorizar por el sistema «Autorizaciones en Línea» .
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